Tras un fallecimiento, cada heredero tiene 6 meses para liquidar el impuesto .
El heredero reúne documentos, calcula la base con las tablas de Galicia y presenta el modelo 650 o usa ALIS/Atriga.
Pagar dentro del plazo evita recargos y problemas para inscribir bienes.
Compruebe siempre los plazos antes de cualquier trámite.
Resumen del proceso
Estos son los pasos esenciales para completar la liquidación a tiempo.
Reunir documentos: defunción, últimas voluntades y documentación del patrimonio.
Valorar bienes: calcular valor neto aplicando deudas y cargas.
Aplicar reducciones: usar las reducciones autonómicas de Galicia antes de la tarifa.
Calcular cuota y pagar: autoliquidar con modelo 650 o vía Atriga/ALIS.
Inscribir bienes: llevar escritura y justificante de pago al Registro de la Propiedad.
Guarde copias y acuse recepción de cada envío.
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Paso 1: reunir documentos
El heredero principal reúne los documentos básicos en las dos primeras semanas.
Esto evita retrasos al aplicar reducciones y al solicitar prórroga si hace falta.
Documentos imprescindibles
Certificado de defunción emitido por el Registro Civil.
Certificado de últimas voluntades para saber si hay testamento.
Testamento o declaración de herederos según proceda.
Documentos de patrimonio y cargas
Nota simple registral o escritura de la vivienda.
Extractos bancarios y valores mobiliarios con fecha reciente.
Recibos de IBI y certificados de préstamos hipotecarios.
Cómo solicitar los certificados
El solicitante pide el certificado de últimas voluntades en el Ministerio de Justicia o por sede electrónica.
El Registro Civil expide el certificado de defunción.
El notario da copia autorizada del testamento.
Documento de identificación del causante y herederos (DNI/NIE/Libro de familia si procede).
Certificado de defunción (Registro Civil) y certificado de últimas voluntades.
Testamento o declaración de herederos y escritura de aceptación de herencia.
Modelo 650 cumplimentado o justificante del expediente en ALIS/Atriga (CSV de presentación).
Nota simple registral y escritura de la vivienda.
Referencia catastral y tasación o valoración de inmuebles.
Certificados bancarios con saldos a la fecha de fallecimiento.
Certificados de deudas y cargas (certificado de hipoteca, certificados de préstamos).
Recibos de IBI y gastos pendientes.
Justificante de pago del impuesto o medios de pago (domiciliación, transferencia, TPV).
Justificante de IIVTNU si procede.
Poder notarial si actúa un gestor o representante y copia de la documentación del representante.
Certificado de empadronamiento del causante si hace falta acreditar residencia fiscal.
Copia para el Registro de la Propiedad y para la Agencia Tributaria autonómica (Xunta/Atriga).
No espere para inscribir la vivienda heredada.
Paso 2: calcular la deuda
El primer cálculo define la base imponible tras restar deudas y cargas.
Aplique las reducciones autonómicas de Galicia antes de calcular la tarifa estatal.
Cálculo paso a paso
Sume el valor bruto de todos los bienes.
Reste hipotecas, deudas y cargas.
Aplique reducciones por parentesco y vivienda habitual.
Calcule la tarifa y reste bonificaciones.
El error más frecuente
El error más frecuente en este punto es usar tablas de otra comunidad autónoma.
Usar tablas ajenas sobreestima la deuda y genera pagos innecesarios.
Ejemplos resueltos
Ejemplo 1 (cónyuge): patrimonio neto 120.000 euros.
La reducción por vivienda habitual y parentesco baja la base.
La cuota final queda baja.
Ejemplo 2 (hijo único): patrimonio neto 250.000 euros.
Después de aplicar reducciones la cuota queda en cifras medias.
Puede beneficiarse de bonificaciones autonómicas.
Ejemplo 3 (sobrino): patrimonio neto 80.000 euros.
Al ser colateral las reducciones son menores.
La cuota puede ser significativa.
Plazo legal: 6 meses desde el fallecimiento (vigente en 2026). Para presentar telemáticamente se requiere certificado digital o Cl@ve. La Diputación Provincial da Coruña admite presentación presencial si no dispone de firma electrónica.
Tramo base imponible Tipo aplicable (ejemplo)
0 - 50.000 € 7%
50.001 - 200.000 € 11%
200.001 - 1.000.000 € 16%
Coste orientativo: las reducciones y bonificaciones autonómicas en Galicia pueden reducir mucho la cuota para cónyuge y descendientes directos. La magnitud del descuento depende de factores concretos. Hay que calcular caso por caso con la normativa vigente.
FLUJO RÁPIDO: LIQUIDACIÓN
1. Reunir documentos
2. Valorar bienes
3. Aplicar reducciones
4. Presentar y pagar
Presentación por ALIS/Atriga o en oficina fiscal
Pida ayuda profesional si hay dudas sobre deudas.
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Paso 3: presentar y pagar
La presentación telemática requiere identificación electrónica y documentos escaneados.
Se usa certificado digital o Cl@ve para entrar en los servicios de la Xunta o Diputación.
Pasos en ALIS/Atriga
Acceso con certificado digital o Cl@ve.
Rellenar datos del causante y de los herederos.
Adjuntar certificados y escrituras.
Firmar y enviar la autoliquidación.
Requisitos técnicos
Navegadores recomendados: versiones modernas de Chrome o Edge.
Formatos: PDF para documentos, 2 MB máximo por fichero salvo indicación.
Alternativa: presentación en ventanilla si no dispone de firma electrónica.
Oficina y asistencia en la provincia
Consulte la Diputación Provincial da Coruña y la sede de la Xunta para asistencia presencial y cita previa.
Para formularios y guías visite Xunta de Galicia o la Diputación en su web.
Acceda con certificado digital o Cl@ve. Elija el procedimiento "Impuesto sobre Sucesiones" y cree un nuevo expediente. Introduzca datos del causante (NIF, fecha de fallecimiento, última residencia fiscal) y los herederos con su grado de parentesco. Añada los bienes con su valoración, inmuebles con referencia catastral y valor de mercado o tasación. Incluya las deudas y cargas justificadas, por ejemplo certificado de hipoteca.
Adjunte los PDFs requeridos: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, escrituras, notas simples y certificados bancarios. Firme la autoliquidación con su certificado y obtenga un justificante o CSV como comprobante.
Para solicitar prórroga use la misma plataforma.
Seleccione "solicitud de prórroga" dentro del expediente antes de que pasen los 6 meses.
Adjunte el motivo y la documentación que respalde la petición.
Esto facilita su resolución.
Oficinas y trámites en A Coruña
El heredero local solicita cita previa en oficinas fiscales si no puede hacerlo por internet.
Conviene confirmar horario y requisitos antes de acudir.
Esto evita viajes inútiles.
Organismos clave
Diputación Provincial da Coruña para gestiones fiscales provinciales.
Ayuntamiento de A Coruña para plusvalía municipal (IIVTNU) y consultas urbanísticas.
Registro de la Propiedad de A Coruña para inscribir inmuebles tras la liquidación.
Horarios y cita previa
La mayoría de sedes atiende con cita previa y en horario de mañana.
Compruebe la web oficial antes de desplazarse y lleve documentos en original y copia.
Consulte la web de la Xunta/Atriga para pedir cita previa en la oficina tributaria provincial o en la Xefatura Territorial de la Xunta en A Coruña.
Muchas sedes atienden mayoritariamente en horario de mañana (aprox. 9:00–14:00) y sólo con cita.
Lleve siempre originales y copias: DNI/NIE del heredero, certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y testamento o declaración de herederos.
Si va a presentar el modelo 650 en ventanilla, lleve el justificante de pago si ya lo ha efectuado.
Para la plusvalía municipal (IIVTNU) contacte con el Ayuntamiento de A Coruña por su sede electrónica o ventanilla.
Para inscribir inmuebles diríjase al Registro de la Propiedad con la escritura de aceptación de herencia y la liquidación sellada.
No deje la presentación para el último momento.
Si necesita asistencia presencial, las oficinas de Atención Tributaria de la Xunta y los registros municipales ofrecen información sobre formatos y requisitos.
Errores que arruinan el resultado
No presentar la autoliquidación en 6 meses sin pedir prórroga genera recargos y problemas registrales.
Evitar este error ahorra costes y tiempo.
Errores de cálculo comunes
Aplicar tablas de otra comunidad autónoma.
No restar hipotecas ni cargas documentadas.
No pedir certificados actualizados antes de calcular.
Errores en la presentación
Enviar documentos con firma incompleta o sin firma digital.
No adjuntar nota simple registral al presentar inmuebles.
Pagar a una cuenta no oficial por gestiones de gestoría sin justificante.
Caso habitual anónimo
Un caso habitual: heredero que no pide prórroga y entrega cálculos incompletos.
Hacienda impone un recargo.
El Registro de la Propiedad deniega la inscripción hasta presentar la liquidación correcta.
No demore la inscripción de la vivienda heredada.
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Cuándo no funciona este método / alternativas
Este plan no sirve cuando la normativa aplicable no es la de Galicia. Si el causante tenía residencia fiscal en otra comunidad autónoma, el impuesto se rige por esa comunidad. Tampoco aplica cuando la cuantía queda por debajo de los límites exentos. Ni si la transmisión es una donación en vida con normativa distinta.
Alternativas si no aplica
Si la residencia fiscal corresponde a otra CCAA, aplique su normativa y solicite asesoría.
Si la herencia es pequeña, compruebe los límites de exención antes de hacer trámites largos.
Considere aceptar la herencia a beneficio de inventario si hay dudas sobre deudas.
Riesgos de alternativas fiscales
Las donaciones en vida pueden reducir el impuesto, pero existe riesgo de comprobación por Hacienda.
Esto funciona bien en teoría, pero en la práctica requiere documentación clara y asesoría.
Si prefiere delegar la gestión, puede pedir cita con un abogado del Colegio de Abogados de A Coruña.
Lleve esta guía como referencia.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo hay para pagar el impuesto?
Se dispone de 6 meses desde el fallecimiento para liquidar o pedir prórroga.
Si no se solicita prórroga, Hacienda aplica recargos.
Solicitar prórroga exige justificar la causa y hacerlo antes de que termine el plazo.
Pedir orientación al notario o a la oficina tributaria evita errores comunes.
¿Qué documentos pide Hacienda con el modelo 650?
Se pide certificado de defunción, últimas voluntades y escritura de aceptación o testamento.
También se solicitan justificantes de deudas, nota simple registral y valoraciones de bienes.
Adjunte extractos bancarios y recibos de IBI si procede.
¿Cómo afecta la residencia del fallecido?
La normativa aplicable puede cambiar si el causante tenía residencia en otra comunidad.
Cuando la residencia fiscal no es Galicia, use la normativa de la comunidad correspondiente y compruebe bonificaciones distintas.
Esto puede reducir o aumentar la cuota a pagar.
¿Puedo presentar sin certificado digital?
Sí, la Diputación admite presentación presencial si no tiene firma electrónica.
Sin certificado digital se debe pedir cita previa y llevar originales y copias.
La presentación en ventanilla facilita la asistencia si hay dudas sobre formatos.
¿Qué bonificaciones ofrece Galicia por parentesco?
Galicia aplica reducciones y bonificaciones que favorecen a cónyuge y descendientes directos.
Estas reducciones pueden dejar la cuota muy baja para parientes directos.
Requieren aplicar las deducciones autonómicas antes de la tarifa.
Consulte la normativa autonómica vigente y datos en la web de la Xunta.
¿Cómo inscribo una vivienda heredada?
No se inscribe sin la liquidación y el justificante de pago del impuesto.
Lleve al Registro de la Propiedad la escritura de aceptación de herencia, la liquidación sellada por la administración y el justificante de pago de IIVTNU si procede.
El registrador exigirá estos documentos para inscribir la transmisión.
Síntesis y recomendación final
La clave es actuar rápido: reúna documentos y calcule aplicando reducciones de Galicia.
Presente la liquidación dentro de los 6 meses o pida prórroga a tiempo.
Pedir prórroga evita recargos y facilita la inscripción registral.
Para comprobar normativas y formularios oficiales visite la Xunta de Galicia o la Agencia Tributaria: AEAT .
No deje la tramitación para el último día.