Las donaciones hechas en vida pueden alterar el reparto final de la herencia , pues se suman a los bienes existentes para comprobar si respetan los derechos de hijos, cónyuge viudo y demás herederos forzosos. Una donación a un hijo de 60.000 euros puede computarse como anticipo de su parte hereditaria.
En España, bajo Derecho común y si hay hijos, la herencia se divide en legítima, tercio de mejora y tercio de libre disposición , pero antes debe calcularse correctamente la masa hereditaria.
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Los tres tercios si hay hijos o descendientes
Con hijos o descendientes, la herencia se divide en tres partes iguales sobre la masa hereditaria computable: legítima estricta, tercio de mejora y tercio de libre disposición.
El Artículo 806 del Código Civil llama legítima a la parte de bienes que ciertos familiares no pueden perder salvo causa legal. Los hijos son herederos forzosos o legitimarios , personas a las que la ley reserva una porción mínima aunque el testamento disponga otra cosa.
La legítima global no es un tercio por hijo
La legítima de los descendientes suma dos tercios de la herencia, conforme al Artículo 808 del Código Civil, pero esos dos tercios no se reparten necesariamente por igual. Solo el tercio de legítima estricta debe dividirse por partes iguales entre hijos o descendientes del mismo grado. El tercio de mejora puede beneficiar de forma desigual a uno o varios descendientes.
Quién puede recibir bienes de cada parte
El tercio de libre disposición puede dejarse a cualquier persona, entidad o familiar mediante testamento. La mejora, en cambio, solo puede beneficiar a hijos, nietos u otros descendientes.
Parte de la herencia Cuantía con descendientes Destinatarios permitidos Reparto obligatorio Legítima estricta 1/3 Hijos o descendientes Igual entre legitimarios del mismo grado Mejora 1/3 Solo hijos o descendientes Puede ser desigual Libre disposición 1/3 Cualquier persona o entidad Lo decide el testador
La base hereditaria se calcula antes de los tercios
Los tercios se aplican al caudal relicto computable , no al saldo bancario existente al fallecimiento: se valoran bienes y derechos, se descuentan deudas y gastos deducibles y se añaden las donaciones computables.
Bienes, deudas y gastos que cambian la cifra
La masa hereditaria puede incluir inmuebles, saldos bancarios, fondos, vehículos, acciones, créditos y ajuar doméstico. Las deudas del causante se descuentan antes de dividir, al igual que determinados gastos de última enfermedad, entierro y funeral acordes con su posición económica.
Donaciones que deben volver a la cuenta
La colación hereditaria consiste en traer a la cuenta del reparto ciertas donaciones recibidas en vida por un hijo o descendiente. No implica necesariamente devolver el bien, sino considerar su valor al calcular lo que corresponde ahora. Una dispensa de colación evita, en principio, ese anticipo, pero no protege una donación que invada la legítima de otros hijos.
Antes de formar los tercios también debe separarse lo que no pertenece íntegramente al causante. Si estaba casado en gananciales, primero se liquida la sociedad de gananciales: la mitad correspondiente al cónyuge no forma parte de la herencia y solo se incorpora la mitad del fallecido. Después se obtiene el caudal relicto computable valorando los bienes a la fecha relevante para la partición, descontando deudas y cargas hereditarias.
Las donaciones en vida se agregan cuando proceda para comprobar las legítimas, aunque su tratamiento puede variar según exista dispensa de colación, se hubieran hecho a un legitimario o se hubieran imputado expresamente al tercio de mejora o al tercio de libre disposición.
El viudo, los legados y la vivienda heredada
El cónyuge viudo con hijos no recibe automáticamente el tercio de libre disposición ni la propiedad de la vivienda: en Derecho común tiene, con carácter general, el usufructo del tercio de mejora , conforme al Artículo 834 del Código Civil.
El tercio libre sí puede darse al cónyuge
El testador puede dejar el tercio de libre disposición al cónyuge viudo en pleno dominio. También puede legarle una vivienda concreta, pero debe respetar las legítimas: si el legado invade la parte reservada, los legitimarios pueden pedir su reducción como disposición inoficiosa .
Caso completo con 300.000 euros
Con una masa computable de 300.000 euros, dos hijos y cónyuge viudo, cada tercio equivale a 100.000 euros. La legítima estricta garantiza 50.000 euros a cada hijo; la mejora puede atribuirse a uno de ellos y el tercio libre al cónyuge. El viudo conserva además el usufructo sobre la mejora, salvo conmutación por dinero, renta, bienes o una cuota hereditaria.
Si no hay hijos ni otros descendientes, desaparecen los tercios de legítima estricta y mejora propios de ese supuesto. Los padres y demás ascendientes son herederos forzosos: su legítima es la mitad del caudal si no concurre cónyuge viudo y un tercio si concurre con él. En este último caso, el cónyuge viudo tiene el usufructo de la mitad de la herencia; si no hay ni descendientes ni ascendientes, conserva el usufructo de dos tercios.
Por ejemplo, con 240.000 euros, padres y cónyuge, la legítima de los ascendientes asciende a 80.000 euros, sin perjuicio del usufructo viudal sobre 120.000 euros.
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Tabla para revisar el reparto y evitar reducciones
La comprobación debe hacerse antes de firmar la partición, incluyendo donaciones y legados previos.
Concepto Fórmula o dato Ejemplo con 300.000 € Comprobación Bienes menos deudas [importe neto] 300.000 € Añadir donaciones computables Legítima estricta Masa ÷ 3 100.000 € Dividir entre los descendientes Tercio de mejora Masa ÷ 3 100.000 € Solo para descendientes Libre disposición Masa ÷ 3 100.000 € Puede ir al cónyuge o tercero Usufructo viudal Sobre la mejora si hay hijos Uso o frutos de 100.000 € Valorar conmutación
Si no hay hijos ni descendientes, este esquema cambia: los ascendientes pueden ser legitimarios y el cónyuge viudo puede tener usufructo sobre la mitad o dos tercios según concurra con padres o no existan ascendientes.
Este reparto no debe aplicarse sin más si el fallecido tenía vecindad civil foral o especial, si existe un elemento internacional que someta la sucesión a otra ley o si no hay descendientes. Cataluña, Galicia, Aragón, Navarra, País Vasco e Islas Baleares tienen reglas propias, recogidas entre otras normas en el Código Civil de Cataluña, la Ley de Derecho Civil de Galicia, el Código del Derecho Foral de Aragón y el Fuero Nuevo de Navarra. La vecindad civil, no solo el lugar donde está un inmueble, ayuda a decidir qué ley sucesoria rige.
No toda donación o legado se descuenta de la misma parte de la herencia. Una atribución hecha a un hijo puede imputarse a su legítima, al tercio de mejora o al tercio de libre disposición según la voluntad expresada por el causante y las reglas del Código Civil. Si, tras calcular el caudal relicto computable, las atribuciones superan la parte disponible y lesionan la legítima, son inoficiosas en la medida del perjuicio. Como regla general, primero se reducen las disposiciones testamentarias de forma proporcional, salvo preferencia válida establecida por el testador; si no basta, se reducen las donaciones, comenzando por la más reciente.
Esta comprobación evita que un legado de vivienda o una donación antigua altere indebidamente la cuota mínima de los legitimarios.
Qué revisar antes de aceptar o partir la herencia
Antes de aceptar, identifique la ley aplicable, localice el testamento y revise bienes, deudas, donaciones, seguros, legados y usufructos. Primero calcule la masa computable; después reserve legítimas y derechos del viudo; finalmente adjudique vivienda, cuentas y demás bienes.
Preguntas comunes
¿Cuál es la diferencia entre mejora y libre disposición?
La mejora solo puede beneficiar a descendientes. El tercio libre puede dejarse a cualquier persona o entidad.
¿Cada hijo tiene derecho a un tercio de la herencia?
No. Cada hijo tiene derecho a una parte igual de la legítima estricta, aunque uno pueda recibir además la mejora.
¿El cónyuge viudo recibe el tercio libre?
No automáticamente. Con hijos, recibe por ley el usufructo del tercio de mejora y solo recibe el tercio libre si el testamento se lo atribuye.
¿Cómo se calcula el tercio de libre disposición?
Es un tercio de la masa hereditaria computable, tras restar deudas y sumar las donaciones que procedan.
¿Puede el tercio de mejora dejarse a un nieto?
Sí, puede dejarse a un nieto u otro descendiente, pero no a un hermano, amigo o pareja no casada.
¿Qué ocurre si un legado perjudica la legítima?
El legitimario perjudicado puede pedir la reducción del legado o donación inoficiosa hasta recuperar su cuota mínima.
¿Se aplican estas reglas en toda España?
No siempre. Son reglas de Derecho común; la vecindad civil puede determinar la aplicación de normas propias en varios territorios.