Tras el fallecimiento, el Impuesto sobre Sucesiones y la plusvalía municipal son trámites distintos. Si la herencia incluye una vivienda urbana en Córdoba , revisa también las obligaciones ante el Ayuntamiento correspondiente.
Para tramitar sucesiones, identifica a los herederos y los bienes, reúne los certificados y presenta un modelo 660 común junto con un modelo 650 por cada heredero.
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Calcula el plazo desde el fallecimiento
El plazo ordinario es de seis meses desde la fecha de defunción, que consta en el certificado de fallecimiento. El impuesto nace ese día, no al abrir el testamento, conseguir cita notarial o desbloquear cuentas bancarias.
Pide la prórroga antes del quinto mes
Solicita la prórroga dentro de los cinco primeros meses si no podrás presentar a tiempo. La prórroga amplía el plazo de presentación, pero no elimina el impuesto; guarda siempre el resguardo de registro.
Ordena los primeros seis meses
Separa la documentación en tres bloques: herederos, bienes y reparto individual. Reúne primero los certificados esenciales, después los datos bancarios e inmobiliarios y, si faltan documentos relevantes, solicita la prórroga antes del quinto mes.
Si el causante vivía habitualmente en Andalucía, la gestión suele corresponder a la Junta de Andalucía. Tener un piso en Córdoba no basta por sí solo: si la residencia habitual estaba en otra comunidad autónoma o el causante no residía en España, la oficina competente puede ser distinta.
Comprueba quién gestiona el impuesto
Confirma la residencia habitual del causante antes de iniciar la autoliquidación andaluza. Si vivía fuera de España, cambió recientemente de comunidad autónoma o tenía circunstancias internacionales, conviene comprobar la competencia antes de presentar.
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Reúne papeles y separa el 660 del 650
Prepara un expediente común y una autoliquidación individual por cada heredero. El modelo 660 recoge los datos del causante, los herederos, los bienes y las deudas, mientras que cada modelo 650 calcula lo que declara quien recibe bienes, derechos o seguros.
Junta los documentos comunes
Guarda los documentos en PDF legibles y organizados antes de usar la sede electrónica. El certificado de últimas voluntades se expide después de 15 días hábiles desde el fallecimiento, por lo que puede solicitarse en cuanto transcurra ese plazo.
Documento Cuándo se necesita Qué acredita Certificado de defunción Siempre Fecha de inicio del plazo Últimas voluntades y testamento Si hay testamento Quién ha sido designado heredero Declaración de herederos Si no hay testamento Quién hereda conforme a la ley DNI o NIE Siempre Identidad de causante y herederos
Añade pruebas de cada bien
Declara todos los bienes existentes el día del fallecimiento, incluidos cuentas, inmuebles, vehículos, seguros, fondos y deudas acreditadas. Para inmuebles, reúne escritura, IBI, referencia catastral y valor de referencia, si existe.
Reparte los modelos correctamente
Presenta un 660 coherente para toda la herencia y un 650 distinto para cada obligado tributario. Cada heredero debe reflejar su porcentaje, parentesco, reducciones y bonificaciones aplicables.
Recorrido de la herencia en Córdoba
Defunción
→
Documentos
→
660 común
→
650 por heredero
→
Notaría y plusvalía
Antes del quinto mes: pide prórroga si faltan documentos. Antes del sexto: presenta las autoliquidaciones.
Además de los certificados personales, conviene preparar una checklist según los bienes y deudas de la herencia. Para cuentas bancarias, solicita a cada entidad un certificado de saldos a la fecha de fallecimiento y, si existen, información sobre fondos, acciones o depósitos. En una herencia con vivienda en Córdoba, reúne escritura, recibo del IBI, referencia catastral, valor de referencia y nota simple actualizada.
Para vehículos, aporta permiso de circulación, ficha técnica y valoración aplicable; para seguros, certificado de la aseguradora y capital percibido. Las deudas del causante solo reducen la base si están acreditadas mediante préstamos, facturas pendientes u otra documentación válida.
Calcula y presenta ante la Junta de Andalucía
Calcula la cuota individual aplicando el valor de los bienes, las deudas deducibles, las reducciones, la cuota y la bonificación . La dificultad suele estar en valorar inmuebles, seguros y parentescos no directos.
Distingue hijos de sobrinos
Comprueba el grupo de parentesco antes de aplicar la bonificación andaluza del 99%. Hijos, padres y cónyuges suelen estar en los grupos I y II; un sobrino pertenece normalmente al grupo III y no debe copiar su tributación.
Relación habitual Grupo Comprobación previa Hijo, padre o cónyuge I o II Revisar requisitos de la bonificación andaluza del 99% Hermano, tío o sobrino III Calcular sin trasladar bonificaciones de grupos I y II Persona sin parentesco IV Revisar cuota y patrimonio preexistente con especial cuidado
Presenta y guarda los resguardos
Presenta las autoliquidaciones correspondientes y conserva los resguardos de presentación y pago. Estos documentos serán necesarios para continuar con la gestión de la herencia.
Corrige el dato según su efecto
Presenta una complementaria si omitiste un bien que aumenta la cuota y solicita rectificación si pagaste de más. La prueba documental es esencial para justificar deudas, valores o cambios posteriores.
Esta guía no sustituye un análisis individual si hay conflicto entre herederos, impugnación de testamento, residencia fiscal internacional, bienes en varias comunidades o en el extranjero, empresa familiar, usufructos, donaciones previas relevantes o renuncia a la herencia. También requiere revisión específica si no existe testamento y la declaración de herederos aún no está resuelta.
Presentar la autoliquidación no termina la gestión de la herencia. Una vez liquidado el impuesto, los herederos deben formalizar la adjudicación de bienes, normalmente mediante escritura notarial cuando hay inmuebles o se necesita una distribución formal. Si existe una vivienda, debe revisarse la plusvalía municipal ante el ayuntamiento competente y, tras la escritura, inscribirse el cambio de titularidad en el Registro de la Propiedad.
Los bancos suelen exigir el justificante del impuesto, el cuaderno particional o la escritura y la documentación de todos los herederos para desbloquear o repartir saldos. También procede tramitar los cambios de titularidad de vehículos, suministros, seguros y otros bienes heredados.
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Preguntas y respuestas
¿Cuánto se paga por sucesiones en Andalucía?
Depende del valor heredado, de las deudas, del parentesco, de las reducciones y de las bonificaciones de cada heredero.
¿Qué es el modelo 650 de Hacienda?
Es la autoliquidación individual de cada heredero, legatario o beneficiario de seguro.
¿Para qué sirve el modelo 660?
Reúne los datos comunes de la herencia: causante, bienes, deudas y herederos.
¿Puedo presentar sin escritura de herencia?
Sí, puedes presentar antes de firmar la escritura si dispones de datos suficientes sobre herederos, bienes y valores.
¿Qué plazo hay para pedir la prórroga?
Debe solicitarse dentro de los cinco primeros meses desde el fallecimiento.
¿Dónde presento la plusvalía de una vivienda?
Ante el ayuntamiento donde se encuentre la vivienda urbana.
¿Qué ocurre si olvido un seguro de vida?
Si aumenta la cuota, normalmente procede presentar una autoliquidación complementaria.
¿Puedo aplazar el pago del impuesto?
Puedes solicitar aplazamiento o fraccionamiento si cumples las condiciones, pero no amplía por sí solo el plazo de presentación.
Lo esencial: El plazo se cuenta desde la fecha de fallecimiento y la prórroga se pide antes del quinto mes. El 660 describe la herencia común y cada heredero presenta su propio 650. Los sobrinos y otros parientes del grupo III no deben aplicar de forma automática la bonificación de hijos o cónyuge. La plusvalía municipal de una vivienda urbana se tramita por separado ante el ayuntamiento correspondiente.
Fuentes de interés
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