Tras el fallecimiento, pueden aparecer las llaves de una vivienda y una cuenta bancaria. Quizá también una carta pendiente del banco o de Hacienda.
La familia puede pedir que firmes cuanto antes. Pero quizá nadie sabe si hay préstamos, avales, recibos impagados o deudas.
Esas deudas pueden superar el valor de los bienes.
Saber cómo aceptar una herencia y sucesiones en Córdoba exige decidir primero cómo actuar ante las deudas. Después, reúne documentos, paga impuestos y firma la escritura sin prisas.
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Decide cómo aceptar una herencia en Córdoba
Revisa las deudas antes de aceptar. La aceptación pura y simple puede afectar a tu patrimonio personal.
Compara las tres decisiones posibles
El beneficio de inventario protege, en principio, tus bienes propios hasta el valor de la herencia. Pero exige una declaración formal y un inventario legal.
Decisión Deudas Cuándo encaja Formalidad Pura y simple Pueden afectar a tus bienes propios Patrimonio conocido y sin pasivo relevante Expresa o tácita Beneficio de inventario Se pagan con la herencia, en principio Dudas sobre préstamos, avales o cargas Notaría e inventario formal Renuncia No asumes bienes ni deudas Pasivo superior al activo o decisión personal Escritura pública o acto judicial
Evita una aceptación sin querer
No vendas bienes, retires dinero ni repartas objetos de valor antes de decidir. Esos actos pueden implicar una aceptación tácita.
Actuar antes de elegir puede cerrar opciones importantes.
Reúne pruebas de fallecimiento y de parentesco
Obtén certificados de defunción, últimas voluntades y seguros. Así identificarás el testamento, los herederos y posibles prestaciones.
Solicita los documentos necesarios
El certificado de últimas voluntades revela el notario del último testamento válido. Se solicita tras 15 días hábiles.
Tramita herederos si falta testamento
Sin testamento, la declaración de herederos abintestato ante notario identifica quién hereda. Debe hacerse antes de repartir los bienes.
Cuando no hay testamento, tramita antes la declaración de herederos abintestato ante notaría competente. Habitualmente, se aporta el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades.
También se aporta el DNI del fallecido, si está disponible. Los certificados del Registro Civil acreditan nacimiento, matrimonio o parentesco.
Quienes comparecen deben llevar sus documentos de identidad. También suelen intervenir dos testigos que conozcan la situación familiar del fallecido.
Los testigos pueden confirmar que no existen herederos con mejor derecho.
La ley fija un orden de llamamiento. Primero heredan los descendientes.
Si no los hay, heredan ascendientes y cónyuge viudo según sus derechos. Después van otros parientes y, al final, el Estado.
Esta comprobación importa antes de heredar deudas o firmar una escritura pública. La escritura puede incluir la aceptación y la adjudicación de bienes.
Separa plazos fiscales de la firma civil
Presenta los impuestos en plazo aunque la partición no esté firmada. Hazlo sobre todo si necesitas una prórroga.
Ordena el calendario desde el primer día
Calendario práctico de una herencia en Córdoba
Días 1 a 15 Certificados y búsqueda de bienes.
Meses 1 a 5 Inventario, decisión y prórroga fiscal si procede.
Antes del mes 6 Sucesiones y plusvalía municipal.
Después Escritura e inscripción registral.
La prórroga del Impuesto sobre Sucesiones debe pedirse dentro de los cinco primeros meses desde el fallecimiento.
Calcula costes sin confundir administraciones
La plusvalía municipal se paga en el ayuntamiento donde está el inmueble. Es distinta del impuesto autonómico.
Concepto Coste orientativo Depende de Notaría Entre 400 y 1.200 euros Valor, copias y complejidad Registro Entre 100 y 600 euros Fincas y valor adjudicado Honorarios jurídicos Entre 800 y 3.000 euros o más Conflicto, inventario y fiscalidad
En las herencias y sucesiones en Córdoba, separa el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de la plusvalía municipal. El primero se presenta ante la Administración tributaria de Andalucía cuando se aplica su normativa.
La cuota puede tener la bonificación autonómica para familiares directos. Deben cumplirse los requisitos vigentes en la fecha del fallecimiento.
La plusvalía se declara ante el ayuntamiento donde esté cada inmueble. Una vivienda en Córdoba capital y otra en Lucena pueden exigir gestiones municipales distintas.
También ocurre con inmuebles en Priego de Córdoba o Montilla.
Antes de liquidarla, revisa si el terreno aumentó de valor. Compara también los métodos de cálculo disponibles, cuando proceda.
Estos plazos fiscales no sustituyen la decisión civil de aceptar, renunciar o aceptar a beneficio de inventario.
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Firma solo lo que puedas acreditar y repartir
La partición suele exigir el acuerdo y la firma de todos los herederos. Hay excepción si existe contador-partidor o una resolución judicial.
Comprueba el inventario final
Incluye activos, cargas y deudas con saldo a la fecha de fallecimiento. Revisa bancos, préstamos y notas simples.
Guarda una lista para cada heredero
Cada heredero debe guardar certificados, inventario, impuestos y justificantes de deudas. También debe conservar la escritura de adjudicación.
No todas las gestiones exigen el mismo acuerdo. Cada llamado puede pedir certificados y recabar información bancaria.
También puede pedir notas simples. Puede decidir por sí mismo si acepta o renuncia a su cuota.
Los demás herederos no tienen que tomar esa misma decisión.
Pero vender un inmueble hereditario suele exigir la intervención de todos los interesados. Lo mismo ocurre al repartir saldos o adjudicar una vivienda.
Firmar un cuaderno particional también suele exigir todas las firmas. Si no hay acuerdo, revisa primero si el testamento nombró contador-partidor.
También puede pedirse un contador-partidor dativo. Quienes lo soliciten deben representar al menos el 50 % del haber hereditario.
Si esa vía no sirve, puede acudirse a la división judicial de herencia . Dejar por escrito propuestas, valoraciones y deudas reduce los retrasos.
Esos retrasos pueden afectar impuestos e inscripción registral.
Dudas habituales
¿Tengo seis meses para aceptar una herencia?
No existe un plazo civil general de seis meses para aceptar. Los seis meses suelen corresponder al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Puede pedirse una prórroga dentro de los primeros cinco meses.
¿Puedo renunciar a favor de mi hermana?
No de forma simple y sin efectos. La renuncia pura beneficia a quien corresponda por ley o testamento.
Renunciar a favor de una persona concreta puede generar una transmisión posterior. También puede causar una tributación distinta.
¿Qué pasa si hay deudas del fallecido?
Puedes aceptar a beneficio de inventario si lo formalizas bien. Así, en principio, las deudas se pagan con el caudal hereditario.
Tus bienes personales no responden, en principio.
¿Deben firmar todos los herederos?
Para repartir y adjudicar bienes comunes, normalmente sí. Cada heredero puede aceptar o repudiar su cuota por separado.
Pero una vivienda no suele adjudicarse sin acuerdo, contador-partidor o resolución judicial.
¿Dónde pago la plusvalía de una vivienda heredada?
Se tramita ante el ayuntamiento del municipio donde está la vivienda. Es distinta del Impuesto sobre Sucesiones de Andalucía.
Suele tener un plazo propio de seis meses. Puede haber prórroga según la ordenanza.
¿Puedo sacar dinero de la cuenta del fallecido?
No lo hagas antes de decidir y documentar la herencia. Retirar fondos para repartirlos puede ser una aceptación tácita.
Esto puede ocurrir aunque el banco permita pagos justificados.
Cierra el expediente con escritura e inscripción
Firma la escritura de aceptación y adjudicación cuando compruebes inventario, impuestos y cuotas. Después, inscribe los inmuebles.
⚠️ Antes de presentar impuestos sin escritura, confirma cómo declarar cada bien y heredero. Así evitarás rectificaciones y recargos.