Perder a un familiar y decidir qué hacer con la casa puede convertir el duelo en una fuente de tensión entre hermanos.
¿Cómo repartir una herencia entre hermanos? Depende de si heredan de sus padres o directamente de un hermano, de si hay testamento y de la ley civil aplicable.
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Antes de repartir, decide qué herencia es
Heredar de un padre no es lo mismo que heredar directamente de un hermano fallecido.
El testamento marca el punto de partida
El testamento es el documento donde el testador decide cómo distribuir sus bienes dentro de los límites legales. Para saber si existe, se pide el certificado de actos de última voluntad al Registro General de Actos de Última Voluntad, una vez pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento.
La sucesión sin testamento tiene orden
La sucesión intestada se abre cuando no hay testamento válido. En Derecho civil común, heredan primero los descendientes, después los ascendientes, luego el cónyuge viudo, después hermanos y sobrinos, y finalmente otros parientes o el Estado.
Situación Quién recibe primero Regla práctica Documento habitual
Padre con testamento Los designados, respetando legítimas Puede no ser igual entre hijos Copia autorizada del testamento
Padre sin testamento Hijos y descendientes Hijos con cuota igual, salvo reglas especiales Declaración de herederos
Hay cónyuge viudo e hijos Hijos como herederos El viudo puede tener usufructo Escritura y prueba del matrimonio
Hermano fallecido con hijos Hijos del fallecido Los hermanos no entran sin testamento Testamento o declaración notarial
Sin hijos, padres ni viudo Hermanos y sobrinos Los de doble vínculo cobran doble Declaración de herederos
Un heredero renuncia Depende de testamento y tipo de renuncia No pasa siempre a los hermanos Escritura de repudiación
De los padres: los hijos pueden cobrar distinto
Cuando fallece un padre con varios hijos y no dejó testamento, estos heredan por partes iguales en Derecho civil común.
Los tres tercios explican el margen
En Derecho civil común, cuando hay hijos, la herencia se divide en tres tercios. El tercio de legítima se reserva para los descendientes, el tercio de mejora permite favorecer a uno o varios descendientes y el tercio de libre disposición puede dejarse a cualquier persona.
El usufructo viudal no es propiedad
Si concurren hijos o descendientes, el cónyuge viudo tiene en Derecho civil común el usufructo del tercio de mejora. El usufructo permite usar o disfrutar un bien, como vivir en una vivienda o cobrar una renta, pero no equivale a ser dueño de toda la propiedad.
Donaciones que hay que traer a cuentas
La colación de donaciones consiste, salvo dispensa del causante, en incorporar al cálculo de la partición determinadas donaciones recibidas por herederos forzosos para igualar sus lotes. Las donaciones también pueden ser relevantes para comprobar si se respetan las legítimas.
Recorrido seguro antes de firmar
1. Certificados
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2. Testamento
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3. Inventario y deudas
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4. Impuesto y escritura
Aceptar, partir y adjudicar son actos distintos: puedes aceptar tu cuota sin quedar obligado a conservar una casa con tus hermanos.
La vecindad civil del fallecido determina qué norma sucesoria se aplica y no debe confundirse automáticamente con el lugar donde están los bienes o con una residencia temporal. En Derecho civil común se emplea el sistema de legítima, mejora y libre disposición explicado en este artículo, pero otros territorios siguen reglas distintas. Cataluña regula una legítima propia; Aragón establece una legítima colectiva de los descendientes; Navarra reconoce una libertad de disposición muy amplia; y Galicia, País Vasco y Baleares tienen normas específicas sobre legítimas, usufructo del cónyuge viudo y sucesión familiar.
Por ello, en una herencia de padres a hijos con elementos territoriales distintos, no es seguro aplicar mecánicamente los tres tercios sin verificar previamente la vecindad civil.
De un hermano: el parentesco no basta
Un hermano hereda directamente de otro solo en determinados supuestos.
Hijos, padres y viudo van antes
Los descendientes del fallecido tienen prioridad sobre sus hermanos. Si no hay hijos, se mira a los ascendientes; si tampoco los hay, el cónyuge viudo ocupa la posición preferente en la sucesión intestada común.
El doble vínculo cambia la cuota
Los hermanos de doble vínculo comparten padre y madre con el causante, mientras que los de sencillo vínculo comparten solo uno de ellos y reciben la mitad de la porción de un hermano de doble vínculo cuando concurren juntos.
En la herencia de un hermano fallecido sin testamento, no basta con afirmar que heredan los hermanos: hay que comprobar si concurre el derecho de representación de los sobrinos. Por ejemplo, si no existen hijos, padres ni cónyuge viudo y había tres hermanos de doble vínculo, pero uno de ellos había fallecido dejando una hija, los dos hermanos vivos y la sobrina pueden recibir un tercio cada uno; la sobrina ocupa la posición que habría correspondido a su madre. Si concurren hermanos de doble y sencillo vínculo, la cuota de estos últimos es la mitad de la de los primeros.
Además, los hermanos no son herederos forzosos en el Derecho civil común: mediante testamento, el causante puede dejar sus bienes a otra persona si no perjudica las legítimas de quienes sí tengan ese derecho.
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Una vivienda heredada tiene cuatro salidas
Una vivienda heredada entre hermanos no obliga a mantener una copropiedad indefinida.
Adjudicar a uno exige compensar bien
Si una vivienda vale 240.000 euros y tres hermanos tienen un tercio cada uno, quien se la adjudica debe compensar a los otros dos con 80.000 euros a cada uno. Esa cifra puede variar si existen préstamos pendientes, gastos pagados por uno de ellos o bienes que equilibren el lote.
Vender, extinguir o acudir al juez
La venta a un tercero convierte el bien en dinero para repartir. Si la vivienda sigue dentro de una herencia sin partir, uno de los herederos puede recibirla mediante adjudicación en la escritura de partición y compensar a los demás; si ya existe una copropiedad ordinaria sobre la vivienda, puede acordarse una extinción de condominio para que uno adquiera las cuotas de los otros.
Si el dinero no se paga al firmar, la escritura debe fijar importe, vencimientos y garantía suficiente.
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Hay plazos y vías
Un heredero no puede paralizar para siempre una herencia por no firmar.
Un contador-partidor puede desbloquear
El contador-partidor es la persona facultada para formar lotes y hacer la partición. También existe el contador-partidor dativo, que puede solicitarse cuando quienes lo piden representan al menos el 50 % del haber hereditario y se cumplen los requisitos legales.
La partición judicial es el último recurso
La partición judicial permite al juez resolver el reparto cuando hay oposición real sobre cuotas, bienes o valoraciones. Suele ser más lenta y costosa que un acuerdo notarial.
Documentos, costes y calendario
El expediente básico reúne el certificado de defunción, últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, certificados bancarios, escrituras, recibos del IBI, deudas y documentos de seguros. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se presenta normalmente ante la Consejería de Hacienda autonómica competente en seis meses.
La decisión más segura es reunir documentos, identificar la ley civil aplicable, inventariar deudas, presentar el impuesto dentro de plazo y firmar una partición con compensaciones calculadas. Si existe una casa o desacuerdo, un abogado de sucesiones puede revisar el cuaderno particional antes de que la firma cierre opciones.
Este enfoque no basta si el fallecido residía habitualmente fuera de España, tenía bienes en varios países, empresas familiares complejas, un heredero con medidas de apoyo, deudas relevantes o un litigio ya iniciado. En esos supuestos hace falta asesoramiento sucesorio individualizado antes de aceptar, renunciar o mover dinero de las cuentas.
Antes de firmar conviene seguir un orden para evitar aceptar bienes sin conocer las deudas. El expediente suele empezar con los certificados de defunción, de últimas voluntades y de seguros de cobertura de fallecimiento; después se obtiene la copia del testamento o, si no existe, la declaración de herederos abintestato. Con esa base se prepara un inventario de cuentas, inmuebles, vehículos, préstamos, recibos y gastos pendientes. Si hay dudas sobre las deudas, la aceptación a beneficio de inventario puede limitar la responsabilidad del heredero a los bienes recibidos, siempre que se formalice correctamente.
Tras liquidar o aplazar el impuesto, la escritura de aceptación y partición permite adjudicar los bienes e inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad.
Lo que más preguntan
¿Cómo se divide una herencia entre hermanos?
Se divide según el testamento o, si no existe, según el orden legal y la cuota de cada heredero. Los hijos de un padre sin testamento suelen recibir partes iguales en Derecho común, pero el viudo, las donaciones y la vecindad civil pueden modificar el resultado.
¿Quién hereda a un hermano fallecido?
Heredan los hermanos solo si no existen descendientes, ascendientes ni cónyuge viudo con preferencia en una sucesión intestada de Derecho común. Si hay testamento, hereda la persona nombrada, respetando las legítimas que procedan.
¿Qué pasa si un hermano no quiere firmar la herencia?
Puede ser requerido mediante interpelación notarial para que se pronuncie en 30 días naturales. Si el bloqueo sigue por desacuerdo sobre el reparto, cabe acudir a contador-partidor cuando proceda o pedir partición judicial.
¿Se puede repartir una casa heredada sin venderla?
Sí, un hermano puede adjudicarse la casa y compensar económicamente a los demás según sus cuotas. Si la vivienda vale 240.000 euros y son tres herederos iguales, la compensación base sería de 80.000 euros por cada hermano que no se la queda.
¿La renuncia de un hermano beneficia siempre a los demás?
No, una renuncia pura y simple no funciona igual que una renuncia a favor de una persona concreta. El testamento, el derecho de acrecer y las reglas de la sucesión intestada determinan quién recibe la cuota vacante.
¿Cuándo hay que pagar el impuesto de sucesiones?
El plazo general es de seis meses desde el fallecimiento ante la Consejería de Hacienda competente. La prórroga suele solicitarse dentro de los cinco primeros meses, por lo que esperar al acuerdo familiar puede hacer perder tiempo fiscal valioso.
Lecturas adicionales
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