Tras un fallecimiento, reúne los documentos que acreditan quién hereda.
También debes saber qué bienes y deudas existen.
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Reúne los documentos para abrir la herencia
Prepara una carpeta con los certificados que prueban el fallecimiento y quién puede heredar.
Pide los tres certificados iniciales
Solicita el certificado de defunción en el Registro Civil donde conste inscrito el fallecimiento. Suele ser gratuito y permite iniciar el expediente.
Con él, espera 15 días hábiles. Después pide al Ministerio de Justicia las últimas voluntades y el certificado de seguros.
Localiza el testamento válido
Pide al notario indicado una copia autorizada del testamento si las últimas voluntades confirman que existe. Si no hay testamento, inicia una declaración de herederos abintestato ante notario.
Para ello, lleva certificados de parentesco, identificación y testigos cuando sean necesarios.
Separa originales y copias antes de acudir al banco o a la notaría. Cada heredero aporta normalmente DNI o NIE.
Conserva el original del certificado de defunción. Pide copias autorizadas del testamento si las entidades pueden retenerlas.
Documento Quién lo expide Quién puede pedirlo Formato y momento Certificado de defunción Registro Civil Familia o interesado con datos Original o certificado; desde el fallecimiento Últimas voluntades y seguros Ministerio de Justicia Interesado legitimado Certificado; tras 15 días hábiles Testamento Notario custodio Heredero, legatario o interesado Copia autorizada; antes de repartir Saldos bancarios y nota simple Banco y Registro de la Propiedad Interesado que acredita la sucesión Certificado y copia simple; meses 1 a 3
Organiza la carpeta por fases. Así evitarás pedir documentos duplicados y perder plazos.
En la fase inicial, el certificado del Registro Civil acredita el fallecimiento. Suele ser gratuito.
Tras quince días hábiles, pide las últimas voluntades y el certificado de seguros al Ministerio de Justicia. Después, la copia autorizada acredita quién sucede.
La declaración de herederos cumple esa misma función si no hay testamento.
Antes de liquidar impuestos, reúne el inventario de bienes y deudas. Pide saldos bancarios, nota simple registral y valoraciones.
Los certificados y las notas simples pueden tener tasas. Las copias notariales y gestiones fiscales también pueden tener aranceles variables.
Confirma el coste antes de solicitarlos.
Ordena los plazos antes de aceptar nada
Marca los seis meses desde el fallecimiento para presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Sigue este calendario de trabajo
Haz las solicitudes iniciales durante las primeras semanas y reúne el inventario antes del tercer mes. Pide la prórroga del impuesto dentro de los cinco primeros meses si necesitas tiempo.
Consulta también el plazo de la plusvalía municipal si hay inmuebles urbanos.
Ruta documental de los primeros seis meses
Día 1 a 15 Defunción, DNI y papeles de casa.
Desde día 15 hábil Últimas voluntades y seguros.
Meses 1 a 3 Banco, Registro, deudas y tasación.
Antes de 6 meses Sucesiones y plusvalía, si procede.
Decide tras ver bienes y deudas
Elabora un inventario de bienes y deudas antes de firmar una aceptación. La aceptación pura y simple puede implicar responsabilidad por deudas.
La aceptación a beneficio de inventario limita el pago al valor heredado. La renuncia suele formalizarse en escritura pública.
No firmes sin conocer las deudas.
Pide al banco y registros los datos económicos
Solicita pruebas escritas de cada saldo, deuda y carga antes de repartir.
Pide al banco el certificado de posiciones a fecha de fallecimiento y la titularidad de cada producto. Incluye cuentas, depósitos, fondos, valores, préstamos, tarjetas, avales y seguros vinculados.
Para informar, la entidad debe valorar tu interés sucesorio acreditado.
Comprueba inmuebles, vehículos y cargas
Pide una nota simple de cada inmueble en el Registro de la Propiedad. Comprueba titularidad, hipotecas, embargos y usufructos.
Añade escrituras, IBI, referencia catastral y contratos de alquiler. Reúne también documentos de vehículos o participaciones empresariales.
Además del certificado de posiciones, solicita al banco los extractos necesarios. Te ayudarán a identificar ingresos, recibos y cargos posteriores.
Pide también datos sobre valores, fondos, depósitos, préstamos, tarjetas y seguros vinculados.
Para liberar fondos, el banco suele pedir el certificado de defunción. También pide últimas voluntades y la copia autorizada del testamento.
Si no hay testamento, pedirá la declaración de herederos. Puede pedir DNI, escritura o cuaderno de partición y justificante de impuestos.
Revisa también el certificado de seguros de fallecimiento. Puede revelar pólizas con beneficiarios que no coinciden con los herederos.
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Firma la aceptación y adjudicación cuando el inventario y los impuestos estén preparados.
Valora cuándo hace falta notario
Acude al notario si hay inmuebles, declaración de herederos, desacuerdo o necesidad de inscripción. Lleva testamento, certificados y DNI.
Lleva también el inventario y los documentos bancarios. Añade títulos de propiedad y justificantes de Sucesiones.
Incluye la plusvalía municipal cuando proceda.
Copia esta lista antes de pedir cita
Guarda esta checklist para verificar la documentación antes de firmar.
Originales: DNI o NIE, certificados recibidos y títulos de propiedad disponibles.Copias autorizadas: testamento y, cuando corresponda, escritura de declaración de herederos.Copias simples: notas simples, recibos de IBI, extractos, contratos y documentación de apoyo.Por cada heredero: identificación, domicilio, estado civil y documento de representación si otra persona firma.Para impuestos: valoración de bienes, relación de deudas, certificado bancario y datos catastrales.
Esta guía no sustituye el análisis de un abogado o notario si hay testamento extranjero. Tampoco basta si hay bienes o herederos en otros países. Consulta si hay deudas relevantes, menores de edad o personas con medidas de apoyo. Hazlo también si existe conflicto entre herederos, empresa familiar, renuncias, usufructos o dudas sobre la ley aplicable. Esta guía tampoco basta para gestionar solo viudedad, orfandad o seguros con beneficiario distinto.
Algunos casos añaden documentos. También pueden cambiar el modo de tramitar la herencia.
Si un heredero es menor de edad, pueden hacer falta autorizaciones. También puede ser necesaria representación legal o controles antes de aceptar, renunciar o repartir.
Las personas con medidas de apoyo pueden necesitar esos mismos controles. Los herederos no residentes deben aportar su NIE.
También deben atender a la fiscalidad aplicable. Puede haber documentos extranjeros apostillados o traducidos.
Cada bien especial exige sus propios papeles.
Si hay inmuebles en distintas comunidades, reúne documentos de cada uno. Haz lo mismo con vehículos, empresas o bienes en el extranjero.
Añade permisos de circulación, documentos societarios, valoraciones y títulos de cada activo.
Resuelve tus dudas
¿Qué papeles se necesitan para tramitar una herencia?
Necesitas certificado de defunción, últimas voluntades y testamento. Si no hay testamento, necesitas declaración de herederos.
También hacen falta identificaciones e inventario de bienes y deudas. Para bancos e impuestos, añade saldos, notas simples, títulos y justificantes fiscales.
¿El certificado de últimas voluntades es el testamento?
No, solo indica si existe testamento y ante qué notario se otorgó. Después debes pedir una copia autorizada.
Esa copia sirve ante banco, registro o Hacienda.
¿Cuándo se puede pedir el certificado de últimas voluntades?
Se solicita tras 15 días hábiles desde el fallecimiento. Antes, el Registro General de Actos de Última Voluntad no emite el certificado.
¿Qué documentos pide el banco para cobrar una herencia?
El banco suele pedir defunción, últimas voluntades y copia autorizada del testamento. Si no existe, pide declaración de herederos.
También solicita DNI, escritura o cuaderno de partición y justificante de impuestos.
¿Se puede tramitar una herencia sin ir al notario?
Puede ocurrir en herencias muy simples, sin inmuebles ni desacuerdo. Las entidades deben aceptar la documentación privada.
La declaración de herederos exige notario.
¿Cuánto tiempo hay para pagar el impuesto de sucesiones?
El plazo general es de seis meses desde el fallecimiento. La prórroga se solicita habitualmente dentro de los cinco primeros meses.
¿Qué pasa si hay deudas en la herencia?
Deben figurar en el inventario junto a hipotecas, avales, recibos, embargos y deudas tributarias. Si el importe es incierto, estudia el beneficio de inventario.
¿Qué ocurre con una cuenta bancaria compartida?
La cotitularidad no prueba que todo el dinero sea del titular vivo. El origen de los fondos marca qué parte puede integrar la herencia.
Empieza por la carpeta, no por el reparto
Reúne primero certificados, después datos bancarios y registrales, y firma al final. Ese orden permite detectar deudas y cumplir los plazos fiscales.
También permite decidir si conviene aceptar, aceptar a beneficio de inventario o renunciar.